El calendario de la facturación electrónica en España ha vuelto a moverse. A principios de octubre de 2026 se publicó la Orden HAC/1028/2026, de 2 de octubre, que desarrolla la factura electrónica entre empresas (B2B), y Hacienda ha anunciado que las obligaciones pendientes de Veri*Factu se aplazan hasta octubre de 2028 para que ambos proyectos coincidan. El objetivo declarado es que las empresas hagan una sola adaptación en lugar de dos seguidas.
Conviene separar bien lo que está publicado de lo que solo está anunciado, porque no tienen el mismo valor a la hora de planificar.
Qué está confirmado y qué no
Publicado: la Orden HAC/1028/2026 sobre factura electrónica B2B, que desarrolla el Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo. Sus plazos de implantación empiezan a contar desde su entrada en vigor, el día siguiente a su publicación en el BOE.
Anunciado, pendiente de norma: el aplazamiento de Veri*Factu a octubre de 2028. Según las fuentes consultadas, todavía no consta publicado con rango normativo, así que formalmente siguen vigentes las fechas del Real Decreto-ley 15/2025 (1 de enero de 2027 para sociedades y 1 de julio de 2027 para el resto) hasta que se publique el cambio. Tampoco está fijado el día exacto de octubre de 2028.
Los plazos de la factura electrónica B2B
| Tipo de obligado | Plazo desde la entrada en vigor | Fecha aproximada |
| Empresas con más de 8 millones de euros de volumen de operaciones en el año natural anterior | 12 meses | Octubre de 2027 |
| Resto de empresarios y profesionales (pymes y autónomos) | 24 meses | Octubre de 2028 |
Fechas aproximadas a partir de la entrada en vigor de la Orden; confirma siempre el plazo exacto que te corresponde con tu asesor.
Por qué tiene sentido planificarlo como un solo proyecto
La factura electrónica B2B y Veri*Factu parecen cosas distintas, y lo son: una cambia cómo se intercambian las facturas entre empresas y la otra regula cómo las genera y registra tu software. Pero afectan al mismo sitio: tu sistema de facturación. Si el calendario de ambas converge, tiene poco sentido migrar dos veces. Lo razonable es elegir una herramienta que pueda cubrir las dos obligaciones y hacer una sola puesta en marcha.
Un matiz importante: la factura electrónica B2B solo afecta a operaciones entre empresas y profesionales, mientras que Veri*Factu afecta a todas las facturas emitidas con software, incluidas las de clientes particulares. Por eso necesitas saber cuánto de tu facturación es B2B y cuánto no.
Checklist para prepararte sin prisas
1. Mide tu volumen. Cuántas facturas emites al año y qué porcentaje va a otras empresas (B2B) frente a particulares (B2C). De ahí sale tanto tu plazo como el plan que necesitas.
2. Revisa con qué facturas hoy. Una plantilla de Excel o un programa antiguo no generan el registro con huella digital que exige Veri*Factu. Si es tu caso, anota qué tendrías que cambiar.
3. Limpia tus datos maestros. NIF de clientes, direcciones y productos completos y sin duplicados. Es lo que más tiempo cuesta corregir durante una migración.
4. Pregunta a tu proveedor y a tu gestor. Qué hará tu software con ambas obligaciones, cuándo y a qué coste, y si tu gestoría ya tiene un plan para ello.
5. Fija tu propia fecha interna. Aunque el plazo oficial sea 2028, pon un objetivo propio para tener el sistema probado con facturas reales antes de que haga falta. El calendario ya se ha movido varias veces: planificar con margen funciona con cualquier fecha final.
Qué hacer ahora
Dos años de margen no son una razón para olvidarse del tema, sino para hacerlo bien: sin urgencia, sin migraciones de última hora y eligiendo con calma. Si quieres ver cómo es el proceso con una factura real, puedes probar nuestra demo gratuita, o ponerte en contacto con nosotros para revisar tu caso concreto sin compromiso.
Fuentes: Orden HAC/1028/2026, de 2 de octubre (BOE); análisis de CMS sobre la factura electrónica B2B y el aplazamiento anunciado de Veri*Factu a 2028.